Digito Verificador
Detección de Obras No Declaradas
Pago Online
Requisitos Vivienda Semilla

PROHIBICIÓN DE COMERCIALIZACIÓN DE ALIMENTOS


Las medidas de retiro del mercado se establecen como medidas de gestión del riesgo en el marco de la protección de la salud del consumidor antes las evidencias de un incidente alimentario. Por otro lado, la prohibición de comercialización de un producto se da en el marco de los procedimientos de identificación de las infracciones al marco normativo. Es importante aclarar que de acuerdo con la evaluación del riesgo y según lo establecido por los procedimientos del Código Alimentario Argentino, se establece la comunicación del retiro a la comunidad en la web oficial de la ANMAT. Por lo cual se recuerda a la población afectada mantener las recomendaciones expresadas por esta Administración y a quienes expendan productos que no se hayan ajustado a la normativa vigente cesar su comercialización preventivamente. La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica a través del Boletín Oficial publicó la prohibición de comercialización del siguiente producto:

Disposición 2010/2020

Producto: “ARTÍCULO 1°: Prohíbase la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional, del producto rotulado como: “Miel de Abejas”, Cri–Sol Apicultura, Peso Neto 1.000 gr, envasada y fraccionada artesanalmente, Chajarí – Entre Ríos, RENAPA W – 1679, por las razones expuestas en el Considerando”.

Motivo: El producto infringe el artículo 3° de la Ley N°18.284, el artículo 3° del Anexo II del Decreto N° 2126/71 y los artículos 6 bis, 13, 155 del Código Alimentario Argentino (CAA) por carecer de registros de establecimiento y de producto, resultando ser en consecuencia un producto ilegal.




 


Volver a Noticias


© 2024 - Municipalidad de Villa Giardino - www.villagiardino.gob.ar