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Eximición de pago tasa de comercio


Eximen el pago de tasa de comercio para los meses de mayo y junio



ORDENANZA N° 1211/ 2020



Visto que el DNU 260/2020 que declara la emergencia sanitaria y el DNU 297/2020 y sus modificatorias, que establece la medida de “aislamiento social, preventivo y obligatorio”, han alterado profundamente la vida de los argentinos y en nuestro caso la de los habitantes de la localidad de Villa Giardino.



y considerando Qué la restricción de las diversas actividades genera desajustes en el desenvolvimiento de la economía general y en particular en nuestra localidad.



Que dicha medida ha afectado económicamente a los vecinos de la ciudad de Villa Giardino debido a las restricciones adoptadas por el gobierno Nacional ,Provincial y este Municipio en cuanto a la libre circulación y el libre comercio .



Que resulta imprescindible disponer acciones necesarias para ayudar a mitigar la situación económica de los comerciantes.



Que se sancionó la ordenanza 1196-2020 donde establece la eximición del pago de la tasa de comercio por los meses de Marzo y Abril de 2020.



Que la ordenanza 1196-2020 en el artículo 3° establecía la creación de un registro de rubros comerciales que debieron continuar restringidos de funcionamiento, a razón de ello ,el departamento Ejecutivo Municipal pudo estudiar la cantidad de rubros que además han visto restringido o mermado su trabajo , por ello se considera necesario ayudar a los comerciantes locales en cuanto a la eximición del tributo del mes de Mayo y Junio de 2020.



Por todo ello:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE VILLA GIARDINO EN USO DE SUS FACULTADES SANCIONA CON FUERZA DE:

ORDENANZA N° 1211 / 2020





artículo 1º: EXÍMASE de manera excepcional del pago de la tasa de comercio industria correspondiente al mes de Mayo de 2020 y Junio de 2020 a todos los establecimientos comerciales e industriales de Villa Giardino por las causas expuestas en el visto y considerando de la presente ordenanza.





Articulo 2º: comuníquese publíquese dése al registro municipal y archívese.



APROBADA A TRAVÉS DE MEDIOS DIGITALES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE VILLA GIARDINO, A LOS DIECISIETE DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTE.




 


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